Vas a alquilar piso y todo parece ir bien. Es lo que estabas buscando y el precio te cuadra. El bajón llega cuando te dicen que te toca pagar una comisión a la agencia que te lo ha enseñado.
La comisión es un mes entero de alquiler. Preguntas: ¿eso no debería pagarlo el casero? Te responden: un mes entero más el 21% de IVA.
Y aún no sabes lo peor: en algunos casos la agencia también se lo cobra al casero. Sí, les mola el doble cobro.
Mientras tanto, tú haces cuentas y ya no te salen: el primer mes de alquiler, la fianza, la comisión… Esta casa es una ruina.
Eso debería pagarlo el casero
Es el propietario del piso el que tiene un contrato con la agencia. Ellos trabajan para él, para encontrarle un inquilino, y lo lógico es que sea el propietario quien les pague por sus servicios.
Tú no has llamado a la agencia, simplemente te les has encontrado por el camino al responder a un anuncio. ¿Por qué tienes que pagarles tú?
Además, si llamas a la agencia cuando tengas algún problema (por ejemplo: la caldera no funciona) ellos mismos te dirán que llames al casero, que ellos ya hicieron su trabajo al poneros en contacto.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) lo que dice es que la agencia debe cobrar su comisión por el trabajo realizado, por supuesto, pero paga quien la haya contratado (casi siempre el casero).
El abuso del doble cobro
En los casos en que la agencia le cobra al casero pero también al inquilino, estamos ante un atropello que por desgracia aún no es castigado por la ley.
La excepción es Cataluña, donde la Ley Catalana de Derecho a la Vivienda prohíbe esta mala práctica (salvo que exista un acuerdo expreso).
El truco de la hoja de visitas
Cuando vas a ver un piso (ya sea para alquilar o comprar) es muy habitual tener que firmar una hoja de visitas. En la agencia te dicen que es «para el jefe, para que vea que trabajamos», o bien para demostrarle al propietario que están enseñando su piso.
El problema es que algunas hojas de visitas tienen una letra pequeña al final. Y lo que estás firmando es que aceptas pagar tú la comisión.
Ve con cuidado con lo que firmas, hay que leerlo todo, pero incluso si te la lían este truco no cuela: ese documento no es un contrato y ya ha habido sentencias dando razón al inquilino.
Consejo Consumity: si de todas formas te quieren cobrar la comisión, búscate otro piso. Ya hay gente que solo busca alquileres de particulares para evitarse pagar un mes más IVA por la cara.
Cuéntanos tu experiencia: ¿te han pedido una comisión al alquilar piso? ¿La has pagado?
204 comments
Nimiem says:
28 agosto, 2019
Buenas tarde, hoy e firmado contrato de alquiler soy la parte arrendadora, cual a sido mi sorpresa y la de mi nuevo inquilino que la inmobiliaria, nos a cobrado sus honorarios por partida doble, a mi me a quitado la mensualidad del mes en curso SEPTIEMBRE, y a mi inquilino le a cobrado un mes mas como honorarios mas IVA, el total asciende a la desorbitada cifra de 1.200 euros, MI DESCONFORMIDAD Y FRUSTRACIÓN es tan grande que llevo peleando con la inmobiliaria toda la tarde, solo recibo excusas y me han hecho el timo de la estampita, cuando vinieron por primera vez me trajeron la hojita y en ningún momento, me hablaron de honorarios, es un abuso en toda regla, y como la ley no lo regula, ellos campan a sus anchas, e leído en la pagina que en Cataluña esto esta regulado, me veo desprotegida ante esta falta de transparencia y engaño en toda regla, ¿que puedo hacer para defender mis derecho y mi dinero? DONDE DENUNCIAR ESTE ENGAÑO Y ABUSO? Son 600 euros es muchísimo dinero.
Yo no comercio con mi vivienda, me e visto obligada a alquilarla para pagar y que no me embarguen, necesito un consejo profesional al respecto, pues la inmobiliaria me da largas y se excusa diciendo que lo pactamos en la hoja que me hicieron cuando vinieron a captar el piso, y eso no es del todo cierto, es donde me hicieron la trampa, ademas en ningún sito pone la cantidad a cobrar, ellos han cobrado lo que les ha venido en gana y encima me hicieron una copia con hoja de calca, donde pone….GASTOS A CARGO DEL ARRENDADOR: Si menos seguro de impago, ahí me la colaron, eso si la hoja me negué a firmarla, porque no tenia claro que ellos no me la colaran por lo de la exclusividad y mira me la colaron por los honorarios, busco una solución, Gracias 😉
isa says:
15 septiembre, 2018
Me encuentro buscando piso en Barcelona, pensando que como funcionaria y con un buen sueldo no tendría demasiados problemas.
En el último piso visitado, me he indignado con los requisitos para formalizar la reserva:
400€ por enviarles la documentación para ver si cumplo sus requisitos, en la reserva no garantiza que si yo decido no alquilar me devuelvan el dinero, sólo en el caso de que la empresa no me acepte como inquilina lo harían.
Respecto a la documentación querida:
– 30% de mi sueldo para un piso de 685€ +10€ de un seguro obligatorio que debo contratar
– Enviar mis 3 ultimas nóminas, vida laboral, los 3 últimos meses de mi cuenta bancaria y mi numero de cuenta completo y la renta
– El agua y la luz está de baja y el inquilino es quien debe dar el alta.
Entiendo que el fondo de inversión que ha comprado el piso quiera ganrantizarse el cobro, pero me resulta bastante insultante este abuso.
Hay forma de denunciar el abuso por parte tanto de la empresa que gestiona el alquiler como del fondo buitre que lo está alquilando?
Gracias de antemano
Isabel
Consumity says:
17 septiembre, 2018
Hola Isa,
La descripción de los requisitos que te han pedido para optar a un alquiler en Barcelona incluye una serie de elementos que parecen desproporcionados y abusivos. Algunas de esas exigencias tendrían sentido en una fase posterior, una vez que las partes hubieran acordado la firma del contrato de alquiler, ya en el marco y como requisito de la contratación, pero no deberían exigirse con carácter previo sin que se enmarquen en el contexto de una firma de contrato de alquiler. No está justificado que se exijan esos datos personales (por ejemplo los datos bancarios completos e histórico de la cuenta) con carácter generalizado y en una fase previa a la de contratación del alquiler.
– Esto podría suponer una infracción contra el Reglamento de Protección de Datos, denunciable ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://ayudaleyprotecciondatos.es/2016/06/16/como-denunciar-ante-agencia-proteccion-datos/)
– Además, desde el punto de vista del posible abuso en el acceso a una vivienda en alquiler, aunque sea una vivienda particular, se podría presentar una reclamación en las oficinas de la red de Vivienda, del Ayuntamiento de Barcelona http://habitatge.barcelona/es
– Por otra parte, en la medida en que se trata de una relación de consumo frente a un arrendador persona jurídica (la Agencia o el Fondo que actúa como arrendador), también se podría denunciar ante las oficinas de consumo de Barcelona
http://ajuntament.barcelona.cat/omic/es/tramites/reclamaciondenuncia
A modo de ejemplo, la Ley General de defensa del Consumidor y usuario (artículo 89 del texto Refundido) dice que se considera abusivo “d) La estipulación que imponga al consumidor los gastos derivados del establecimiento de los accesos a los suministros generales de la vivienda, cuando ésta deba ser entregada en condiciones de habitabilidad”.
Y la entrega de una vivienda en alquiler debe entregarse en condiciones de habitabilidad. Otra cosa es que el inquilino deba hacerse cargo de los consumos de los suministros, pero no de dar de alta el suministro.
Hay que decir que es posible que ninguna de esas tres vías resulte de utilidad real para la persona denunciante, quien seguramente se vea obligada a buscar una alternativa para su necesidad de alojamiento, pero es necesario que los ciudadanos denuncien los abusos que se están cometiendo, ya que es el único modo de que las autoridades sean conscientes y terminen por tomar medidas eficaces, tal y como se les exige desde las asociaciones de consumidores y otros colectivos.
Si lo está ofreciendo una Agencia inmobiliaria que tiene estatuto de API (Agente de la Propiedad inmobiliaria), también podría denunciar el caso ante el Colegio de API de Barcelona. https://www.api.cat/es/queixes
Eva says:
9 agosto, 2018
Hola!
Actualmente estoy compartiendo piso en Barcelona y la chica que consta en el contrato se marcha del piso. Para hacer el cambio de contrato a mi nombre y de mi compañero nos piden 650€ + IVA, con un total de 785€. El alquilee es de 1300€. Nos hemos ido a asesorar en el ayuntamiento y la abogada nos ha dicho que no hay una ley que marque los honorarios de las agencias, pero si que tenemos que negociar el precio porque es abusivo. Nos gustaría preguntar que precio podemos pactar aproximadamente. Gracias!
Consumity says:
20 agosto, 2018
Hola Eva,
Entiendo que el contrato se firmó con la intermediación de una agencia, que es la que ahora reclama el pago de una comisión por la modificación del contrato en cuanto al titular del mismo (no tendría sentido que lo reclamara el propietario si lo firmaron directamente con él). En efecto, los honorarios de las agencias inmobiliarias son libres. Pero esto no quita para que el consumidor tenga derecho a que los honorarios no sean desproporcionados con el servicio que realmente se le presta, sobre todo en un caso como este donde se trata de modificar el contrato existente en cuanto al nombre de su titular, con la subrogación de otras personas que ya venían habitando en la vivienda.
Hay que negociar el importe de la comisión partiendo de una cuantía que se considere razonable (100 euros, 200 euros???). Si la agencia nos impone una cuantía que consideramos abusiva, y queremos seguir en esa vivienda, la opción sería pagarla y una vez cambiado el contrato, presentar una reclamación ante Consumo. No hay garantías de poder recuperar la comisión porque su cuantía no está regulada y su consideración de “abusiva” dependerá del criterio de quien lo juzgue, pero es el único modo de presionar a la Agencia y de dar visibilidad a estas reclamaciones para lograr que las autoridades tomen medidas más eficaces para evitar estas imposiciones.
Alberto says:
24 julio, 2018
Buenas tardes, voy a firmar un contrato de alquiler en Barcelona. Creo que ya se ha hablado bastante sobre que los «honorarios» de la agencia los debería pagar quien la contrata, en este caso el propietario es el que ha contratado la agencia para que le busque un inquilino. Si yo hubiera contratado una agencia para que me busque un piso sería yo quien les pagara, no digo que no deban cobrar por su trabajo.
Esto por un lado, por otro lado está el tema de la cuantía, el 10% de la anualidad + IVA me parece un abuso, aparte el ITP, más un seguro de responsabilidad civil que puedo contratar donde yo quiera. Que este pago nos lo trasladen a los inquilinos sin opción alguna es como cuando los bancos te cobran los gastos de la hipoteca, ahora ya hay gabinetes que se dedican a reclamar estos gastos derivados de esas cláusulas abusivas con éxito, lo mismo debería pasar con estas comisiones de los alquileres.
Ahora bien y aquí viene mi gran enfado, me consta que al propietario que me alquilará el piso también le van a cobrar una comisión por los servicios, es decir van a cobrarnos a todos, si en catalunya está regulado este sector, no es esto ilegal? Se puede denunciar o reclamar de alguna forma? El lunes he de firmar el contrato pero todavía no conozco al propietario como para proponerle hacerlo de forma independiente de la agencia, si a la agencia les digo algo antes de firmar me dirán que esas son las condiciones y que si no me gusta que busque otro piso, que para ese ya tendrían más clientes. Qué puedo hacer? Muchas gracias
Consumity says:
20 agosto, 2018
Hola Alberto, en alquileres, el cobro sistemático de comisiones de agencia al inquilino que no ha contratado los servicios de la agencia es desgraciadamente una práctica extendida ante la que las autoridades hacen la vista gorda.
Conforme a los principios básicos del derecho civil, la comisión debe ser pagada por la parte que contrata los servicios de la agencia. El inquilino que realiza la búsqueda de vivienda de alquiler por su cuenta, sin requerir los servicios de una agencia y que contacta con un ofertante de vivienda en alquiler NO está contratando los servicios de la agencia a la que el propietario haya podido encargar la puesta en alquiler de la vivienda. No existe contrato de mediación entre ese inquilino y la agencia del propietario porque jurídicamente no hay causa para contratar. La imposición al inquilino de una comisión a la agencia que ha contratado el propietario es una práctica abusiva, como han reconocido algunas sentencias de tribunales. No es admisible que una parte (el propietario) contrate con una agencia y pacte con ella que los honorarios serán pagados por un tercero (el inquilino).
A pesar de que jurídicamente esto está claro, la realidad es que se sigue haciendo así. El problema es que el inquilino no tiene más alternativa que o pagar esa comisión o renunciar a alquilar esa vivienda. Son pocos los inquilinos que denuncian esta práctica en tribunales.
Además, en el caso de Cataluña, está expresamente recogido en la Ley del derecho a la vivienda que no es legal cobrar una comisión a ambas partes a no ser que se pacte así expresamente, es decir que todos consientan a ello. Es el artículo 55, 6, i):
“i) La retribución del agente y la forma de pago. La retribución del agente debe consistir en un porcentaje del precio o en un importe fijo y en ningún caso puede percibirse retribución de las dos partes que intervienen en la transacción por la misma operación, salvo que haya un acuerdo expreso en dicho sentido”.
Hay que decir que la cuantía de la comisión en la mayor parte de España es el equivalente a una mensualidad de renta, más IVA. Pero en Cataluña, la cuantía más frecuente es la del 10% de la renta anual, más IVA.
Ante esto caben 3 opciones para el inquilino:
– Renunciar a ese alquiler y buscar otro que sea ofertado directamente por un propietario (esto es difícil donde hay escasez de viviendas en alquiler).
– Pagar la comisión y no hacer nada.
– Pagar la comisión, firmar el contrato de alquiler, entrar en la vivienda y luego iniciar un proceso de reclamación para pedir la devolución de la comisión injustamente cobrada. ¿Ante quién? Normalmente, por la cuantía a reclamar, puede que no compense una reclamación judicial, pero sí puede reclamarse ante Consumo (previa presentación de Hoja de reclamaciones ante la agencia), ante el Colegio oficial de Agentes de la propiedad Inmobiliaria ( si la agencia es API colegiado, si no, no) y ante la Consejería de Vivienda de la Comunidad autónoma.
Ninguna de estas vías nos garantizará la devolución de la comisión pagada, pero la única vía de que cambiemos este estado de cosas es que los inquilinos inicien vías de reclamación de modo sistemático, hasta que las autoridades se decidan a tomar cartas en el asunto y controlar esta práctica abusiva.
39600 says:
1 marzo, 2018
Acabo de alquilar un piso en Santander a través de inmobiliaria, y me cobran de comisión un 6% de la suma de todas las mensualidades del año, y otro 6% igual al inquilino. Esto sigue siendo legal? Se puede denunciar éste abuso?
Consumity says:
2 marzo, 2018
Hola,
Desgraciadamente, la actividad de intermediación inmobiliaria no está regulada (salvo en Cataluña y con una regulación mínima), y las agencias pueden pedir “lo que quieran”. En Cataluña el ilegal cobrar comisión a las dos partes. En el resto del país, no está regulado por ley.
Esperamos haberte ayudado. Saludos.
manolo says:
28 febrero, 2018
que su pagina web no es segura, no tiene certificado SSL ( HTTPS) y que eso una organizacion como la suya no se lo debe permitir
TMateu says:
15 febrero, 2018
Hola, voy a alquilar un piso en Barcelona y me gustaría saber en que parte de la Ley catalana de arrendamiento indica que los honorarios de la agencia los paga el/la propietario/a del piso. En el último alquiler que hice nos lo cobaron a los inquilinos y al propietario también se lo cobraron, se llevaron paga extra y quiero evitar que esto vuelva a pasar porque es abusivo.
Consumity says:
15 febrero, 2018
Hola,
La Ley 18/2007 de 28 de diciembre en su artículo 55 no dice quién debe pagar los honorarios, sino que indica que estos deben figurar ya en la nota de encargo que haya firmado el Arrendador con la agencia, y que no se pueden cargar a ambas partes salvo acuerdo expreso. Este acuerdo expreso no existe en la práctica: lo que ocurre es que muchas agencias cobran a las dos partes sin que la otra lo sepa.
Nuestro consejo es que te niegues a pagar la comisión. Aunque si te obligan a ello para poder alquilar esa vivienda y no hay modo de hacerlo sin pagar esa comisión, te recomendamos que pagues, que pidas factura y, tras firmar el contrato de alquiler y entrar en la vivienda, presentes una reclamación ante Consumo exigiendo la devolución de esa comisión injustamente cobrada. Es necesario que los inquilinos os plantéis y llevéis a término las reclamaciones para terminar con este abuso.
Esperamos haberte ayudado.
TMATEU says:
15 febrero, 2018
Hola, muchas gracias por la rápida respuesta. Hoy que preguntado a la inmobiliaria a quine cobraban esa comisión, la respuesta ha sido «al cliente», y quien es el cliente? según ellos, me han dicho que yo (el inquilino) a lo cual les he contestado que no tiene sentido porque yo he contactado con ellos a través de un anuncio en internet y que ellos no han hecho nada para buscarme el piso con las características que quiero… Esto es una estafa y se estan aprocechando todo lo que pueden. Si puedo intentaré no pagar la comisión pero si no hay mas remedio reclamaré, por supuesto.
Muchas gracias de nuevo.
Giu says:
9 febrero, 2018
Buneos dias, mi caso es parecido a algunos que leo.
Contacte con una agencia que tenia un piso que yo previamente había encontrado publicado en una pagina web «Habitaclia»
El alquiler son 1350€ al mes (contrato temporal de solo 3 meses) Ok todo bien… pero luego me dijo que ellos se llevaban el 20% mas IVA de el total… osea el 20% mas IVA de 4050€ (1350 + 1350 + 1350)…. Que son 980€ que me han pedido solo por enseñarme el piso 30 minutos y ya? Esto es legal?
Gracias
Consumity says:
12 febrero, 2018
Hola Giu, efectivamente es muy parecido. OCU considera un abuso que la agencia pretenda cobrar gastos y comisiones a la parte que no ha contratado sus servicios, sino que se ha limitado a responder a un anuncio, pero hasta que la actividad de intermediación inmobiliaria no esté regualda las agencias podrás seguir pidiendo lo que quieran. Si necesitas el piso no tendrás otra manera de tenerlo entrando por el aro de la agencia. No obstante y como siempre decimos, reclama ante Consumo con una hoja de reclamaciones es la forma de que Consumo reaccione e intervenga y legisle ante esta situación. Gracias por seguirnos. Un saludo.
Lola1980 says:
29 enero, 2018
Hola! Yo Estoy a Punto de alquilar una casa. El anuncio lo tenía publicado una agencia, nos enseñaron la casa. El precio del alquiler eran 1700€ pero nos plantamos que no podíamos pagar más de 1500€. Después de varias negociaciones aceptaron. Pero la gran sorpresa vino cuando la inmobiliaria nos dijo que sus honorarios eran 1700€ + 200€ de gestión de contrato, + 21% de Iva, nada más ni nada menos que la cifra total de 2.299€ es increíble!!! Semejante suma de dinero!!! Encima el precio final del alquiler es 1500€ pero ellos cobran de honorarios un mes pero con el precio inicial, encima te clavan los 200€ de gestión de contrato!!!! Y además tenemos que pagar algo que se llama ITP o algo así que es un impuesto del alquiler que son 240€
Es legal toda esta operación? Hay alguna manera de negarnos a pagar alguno de estos importes? Tenemos miedo de perder la casa, nos interesa pero es tremendo tener que pagar esa suma de dinero, porque tenemos que sumas los meses de deposito etc…
Por favor si alguien me puede aconsejar le agradezco mucho
Consumity says:
30 enero, 2018
Hola Lola,
Desgraciadamente, la actividad de intermediación inmobiliaria no está regulada (salvo en Cataluña y con una regulación mínima), y las agencias pueden pedir “lo que quieran”. Legalmente, la comisión de la agencia la debe pagar la parte que ha contratado sus servicios. OCU considera un abuso que la agencia pretenda cobrar gastos y comisiones a la parte que no ha contratado sus servicios, sino que se ha limitado a responder a un anuncio. Pero, en la práctica, la agencia que tiene el piso no querrá alquilarlo a un inquilino que no pase por el aro.
En Cataluña el ilegal cobrar comisión a las dos partes. En el resto del país, no está regulado por ley. Los jueces dicen que la comisión debe pagarla quien contrate los servicios. Pero claro: hay que ir a juicio.
Por tanto, las opciones a día de hoy son las siguientes:
– Buscarse otra casa y tratar de buscar aquellas que alquile directamente el propietario (en Madrid o Barcelona esto es cada vez más difícil).
– Si os interesa mucho el piso, podéis decirle a la agencia que no os corresponde pagar la comisión, sino que debe pagar el que haya contratado a la agencia para alquilar el piso (el arrendador). Si la agencia se niega y ni siquiera reduce el importe a pagar, otra opción es pagar la comisión, firmar el contrato de alquiler y después denunciar a la agencia ante Consumo, por el cobro de comisiones abusivas. NO está garantizado que recuperéis ese dinero, pero el único modo de que esto cambie es que lo denuncien los inquilinos sistemáticamente. Al menos hasta que logremos un cambio legal y algunas condenas ejemplares.
Con respecto al ITP sí es un impuesto que debe pagar el inquilino. Durante muchos años no se ha exigido pero ahora las comunidades autónomas sí lo controlan y exigen su pago.
Esperamos haberte ayudado.
mjose0224 says:
15 enero, 2018
Buenos días, puse un piso en alquiler hace un año a través de una inmobiliaria pagando la correspondiente mensualidad y ahora me dicen que tengo que pagar esa misma cantidad cada año. ¿Eso es legal? ¿Tienen derecho ha cobrarte tasas anuales por alquilarte un piso?
Muchas gracias! Saludos
Quili says:
13 enero, 2018
Hola, recientemente he alquilado una vivienda con la agencia Gilmar. Esta tenía contrato con el arrendador. La agencia me dice que las condiciones son el mes en curso y dos meses en concepto de garantía y fianza. Después me dice que un mes de sus honorarios y así lo hice. Hace días contacté con el propietario por un té mandé llaves y demás y le pregunté si el también tuvo que pagar la comisión a la agencia y me dice que sí que el pago los honorarios a la agencia, dado que venía en contrato estipulado. Realmente me parece injusto cobrar doble por el mismo servicio. Eso es legal? Puedo reclamarle a la agencia el pago que hice por doble comisión ? Muchas gracias
Consumity says:
15 enero, 2018
Hola Quili, lo que te ha ocurrido es desgraciadamente una práctica habitual, incluso entre aquellas agencias que dicen trabajar con seriedad.
Desde el punto de vista legal, la comisión por la firma del alquiler la debe pagar la parte que ha contratado los servicios de la agencia. Resulta abusivo cobrar una comisión a otra parte que no ha sido contratante de los servicios de la agencia. Por eso te recomendamos que exijas a la Agencia la devolución de la comisión injustamente cobrada. Pide además una hoja de reclamaciones y preséntala tanto ante Consumo (OMIC) como ante el Colegio de APIS de su provincia. Solo si los inquilinos abusados reclamaran sistemáticamente esta comisión abusiva lograremos que las autoridades de Consumo entren a controlarlo y regularlo.
OCU sigue denunciando estos abusos, pero hasta ahora no hemos tenido éxito. Y dadas las cuantías en juego, no son muchos los inquilinos que se deciden a presentar una demanda en sede judicial, donde las posibilidades de obtener una sentencia favorable son elevadas, auqnue tampoco del 100%, sobre todo en primera instancia. Un saludo.
SarBcn says:
12 enero, 2018
Buenos días,
Me gustaría comentar un abuso que me he encontrado con una inmobiliaria y saber si es legal cobrar todo esto, si ya es abusivo cobrar un mes al inquilino cuando el servicio se lo están dando al propietario… lo que me piden ahora por alquilar un piso es el 10% de la anualidad + 350€ por la firma del contrato + IVA lo que hace un total de 2 mensualidades que tiene que pagar el inquilino a la agencia. ¿Esto es normal y legal?
Saludos,
Consumity says:
15 enero, 2018
Hola SarBcn, en OCU, nos parece abusivo que se cobre una comisión-honorarios a una parte que no ha contratado los servicios de la inmobiliaria.
Respecto de la cuantía de la comisión, aun partiendo de la base de que la cuantía es libre (no está regulada) la que comentas nos parece aún más abusiva. Algunas inmobiliarias se están aprovechando de la situación del mercado de alquiler en grandes ciudades. Hay poca oferta y saben que los inquilinos tienen pocas opciones, así que se aprovechan. Si el inquilino quiere alquilar ese inmueble a pesar de todo, una opción es hacerlo, pagar la comisión y después de firmar el contrato de alquiler y de entrar en el inmueble, pedir una hoja de reclamaciones y presentarla en Consumo. No hay garantía de que se pueda recuperar esa comisión abusiva, pero es un modo de dejar constancia del problema y ayudar a que Consumo tome cartas en el asunto de una vez por todas. Te recomendaríamos presentar la reclamación a través de OCU, para que se inicie una mediación y luego una posible reclamación ante las autoridades. Un saludo
Dvd says:
10 enero, 2018
Hola buenos días le comento mi caso:
Hace cosa de un mes me puse a buscar piso, principalmente en ofertas de internet, idealista, fotocasa, mil anuncios, etc.
Llame a dichas ofertas y todas eran de inmobiliarias, me estuvieron enseñando pisos distintas inmobiliarias, hasta que llame a una me enseño un piso y me gusto.
Me dijo que las condiciones, que tenia que dar el mes de fianza y documentación necesaria, todo correcto, la dueña se pone contacto conmigo para concretar la cita de firma de contrato y entrega de llaves y hasta ahí todo correcto.
Pero 5 días antes de firmar el contrato me llama el de la inmobiliaria diciéndome que tengo que pagarle a el medio mes. Y yo le digo si eso lo para el dueño, y el me dice no eso se paga a medias.
Me pregunta es si ¿eso se pude hacer? o ¿lo tienen que pagar el dueño del piso?
Un saludo
Consumity says:
12 enero, 2018
Hola Dvd, Desde el punto de vista legal, la comisión de la agencia la tiene que pagar la parte que ha contratado sus servicios. Si el inquilino ha buscado él mismo la casa a través de anuncios y el papel de la agencia ha sido el de mostrarle la vivienda, lo que se deduce es que él no ha contratado los servicios de la agencia (salvo que expresamente lo haya hecho, pero por lo dicho en la consulta, se entiende que no) y la agencia no le ha prestado a él ningún servicio por el que deba pagar. El hecho de enseñar la vivienda no es un servicio al inquilino sino un servicio al propietario que ha encargado a la Agencia que se ocupe de las visitas.
Por tanto, legalmente no hay nada que obligue al inquilino a pagar una comisión a la agencia.
En la práctica esto podría suponer que la agencia se niegue a que el inquilino firme el contrato y pueda entrar en la casa. En ese caso, una opción para el inquilino, después de haberse negado a pagar unos honorarios a la agencia y después de que le obliguen a ello, sería pagarlo, pedir factura, firmar el contrato, entrar en la vivienda como inquilino, y después, solicitar a esa agencia la devolución de esa suma, pedir una hoja de reclamaciones y denunciar el caso ante Consumo. Un saludo.
abogado independiente no pertenezco a OCU says:
15 enero, 2018
Hola David, soy un abogado independiente de la Ocu, si te refieres a mi con la pregunta, te diré que los honorarios en España son libres, eso si se tiene que decir en el momento de entablar relaciones, o bien que venga publicitado en el medio que vistes el anuncio. El consumidor tiene que saber si por esa operación tiene que pagar o no y hacer poder elegir libremente si quiere o no quiere seguir trabajando con esa agencia inmobiliaria. Lo de aceptar y después reclamar, no te lo aconsejo es ganar de meterte en lios desde el principio, si pedimos claridad en las relaciones, nosotros también tenemos que darla. Habla claramente con la Agencia y exprésale tus dudas y si crees que no ha actuado informándote debidamente, pide las hojas de reclamaciones. Es importante que el consumidor sepa que ante cualquier duda debe preguntar por el servicio que se le está dando y si este tiene coste para el. Que tenga un buen día
Consumity says:
15 enero, 2018
Saludos, lo que comentas es correcto y estamos de acuerdo en el principio. Siempre hay que decir a la Agencia que nosotros no la hemos contratado y que no queremos pagar por unos honorarios que no nos corresponden. Ahora bien, la realidad es que en ese caso no nos van a alquilar esa vivienda. Si podemos prescindir de esa vivienda y buscar otras, es lo ideal. Pero en la práctica, muchas veces ocurre que el inquilino no tiene apenas alternativas en el mercado. Es la razón por la que se producen estos abusos. Si hubiera alternativa, no habría abusos. Este es el motivo por el que decimos: si de verdad le interesa esa casa, y a pesar de haber advertido a la agencia que a ti no te corresponde pagar esos honorarios, la agencia insiste en que o pagas o te vas, la opción que vemos es que pagues, alquiles y después reclames la devolución de esas sumas pagadas, con hoja de reclamaciones presentada ante Consumo.
No hay garantía de recuperar el dinero, pero es el modo en que Consumo tenga constancia de los abusos e intervenga algún día. Un saludo y muchas gracias por seguirnos.
Otra opción, para los más decididos es hacer eso mismo, y después (si la reclamación no da resultado positivo) presentar una demanda judicial de reclamación de esas sumas abusivamente cobradas. Es triste pero es el modo de acabar con estas prácticas.
Atamauri says:
17 enero, 2018
No se puede acudir a una agencia, (ni a un taller mecánico, ni a un bar, ni a nadie) y pretender utilizar sus servicios para luego decir que nosotros nosotros no hemos contratado sus servicios y que no le vamos a pagar. El que no quiera contratar a una agencia ni pagar sus honorarios que no vaya ni les llame, es de puro sentido común. Ahora bien, si resulta que la agencia tiene lo que usted busca, y lo quiere pues tendrá que pagar por ello, no parece tan difícil de entender, es como en cualquier otra cosa en esta vida.
Irene says:
23 enero, 2018
Cobrar al Arrendador y al Arrendatario cuando es el arrendatario el que se ha buscado la vida para encontrar un piso y la inmobiliaria le ha atendido 5 minutos al móvil y 15 minutos para enseñarle el piso, pues no es justo, y menos que sea una mensualidad del piso. Y más cuando después se desentienden, no ofrecen nada más ni te aseguran nada más, básicamente, ya te apañarás.
Sí es justo cobrar por ese servicio, pero no dos veces y según el precio del piso, ¿no crees Atamauri? ¿Por qué se cobra por piso y no por SERVICIO? Que yo sepa en el taller ni en el bar cobran una cantidad u otra porque vista de Primark o de Armani. Tampoco le cobran a mi marido por pedir presupuesto y a mí OTRA VEZ por solicitar la reparación.
Un poquito de sentido común, no es tan difícil de entender…
Fernando says:
8 enero, 2018
Buenos días, les explico mi caso:
Contacté con una supuesta inmobiliaria a razón de un piso que tenían en alquiler. Tras acercarme a su oficina me comentan que para ver el piso les tengo que abonar 350 euros en concepto de apertura de ficha para que puedan buscarme pisos a mi medida. Como yo quería poder ver el piso que anunciaron, lo hice.
Tras la visita y comentarles mi interés en alquilarlo, me comentan que el propietario ha decidido alquilárselo a otra persona, pero que ellos se encargarán de buscarme un piso a mi medida.
¿Es posible solicitarles la devolución del dinero que les aboné? ¿Es legal cobrar una comisión, disfrazándolo de gastos de gestión y/o servicio, sin haber arrendado el piso?
Muchas gracias,
Un saludo
Consumity says:
8 enero, 2018
Hola Fernando, parece que la conducta de esa agencia inmobiliaria es de un abuso claro. Entendemos que no pretendías hacer un encargo a la Agencia para que te buscara un piso adecuado a tus necesidades sino que lo que pretendías era exclusivamente visitar un piso que era anunciado por esa Agencia. La Agencia te obliga a “abrir una ficha” de encargo y te cobra una cantidad que no tiene ninguna justificación una vez que el piso va a ser alquilado a un tercero. Esa suma adelantada solo hubiera podido tener un sentido en el caso de que se considere una señal a cuenta del alquiler. Y ni aun en ese caso, dado que no se puede exigir una señal por un piso que ni siquiera se ha enseñado. Te sugerimos que solicites la devolución de esa suma adelantada y en caso de que te lo denieguen, pide una hoja de reclamaciones, rellénala y llévala a la OMIC. Si además, la agencia se trata de un API colegiado (Agente de la propiedad Inmobiliaria), envía una copia de la reclamación al Colegio de APIS de tu provincia. Un saludo.
Viresca says:
29 noviembre, 2017
En octubre vi un anuncio por internet que me interesaba, llamé y era una agencia. Como me convenía el piso hicimos todo el papeleo para la firma en apenas una semana. En el mismo acto de la firma del contrato pagué la fianza al propietario y la comisión de la agencia (1600+IVA). No se pagaba el mes porque resulta que no entregaban el piso hasta el 15 de noviembre (25 días más tarde).
El 14 de noviembre me entregan las llaves vemos el piso y hay que hacer una serie de arreglos. No llegamos a entrar al piso. Se van haciendo arreglos hasta que llega un momento en que el dueño plantea la rescisión, no vemos clara su actitud y llegamos a un acuerdo amistoso que anula el contrato una semana después de la fecha de entrada.
Con el dueño queda todo liquidado.
Intento hablar con la agencia para que devuelvan al menos parte de sus honorarios dado que finalmente no se ha perfeccionado (término que me indicaron unos abogados) el contrato. Nada que hacer.
Mi pregunta es ¿realmente no hay nada que hacer y debo perder los casi 2000 euros, o cabe alguna reclamación adicional?
Aunque estoy convencido de que no lo es, tiene pinta de una estafa. El dueño consultó con la agencia antes de plantear el desistimiento, y supongo que la agencia encantada porque habían cobrado (también al dueño por lo que me dijo) y además iban a poner el piso de nuevo en alquiler. Claro al dueño no le cobrarán el nuevo alquiler y seguirán haciendo negocio.
¿Alguna sugerencia?
Consumity says:
30 noviembre, 2017
Hola Viresca,
Si el hecho de no entrar en la vivienda y renunciar al alquiler se debe bien por problemas de habitabilidad en esa vivienda, (que el propietario no quiere resolver) o bien por una decisión del propietario, sí que tendrías derecho a reclamar a la agencia la devolución de la comisión y del IVA.
Pero si la decisión de renunciar al alquiler la toma el inquilino porque al final no le gusta la vivienda, no puede reclamar la devolución de la comisión a la agencia.
Para reclamar la devolución de la comisión tienes varias opciones:
– Reclamación directa a la agencia (que en tu caso y según comentas no te ha servido)
– Reclamación vía Hoja de reclamaciones, y seguir vía Consumo
– Reclamación al Colegio de APIs si la Agencia era un API colegiado (Las agencias colegiadas tienen un numero de ///API que los identifica como Agentes de la Propiedad Inmobiliaria)
– Reclamación por vía judicial.
De todas maneras, nuestro consejo es que consultes tu caso concreto con un profesional, si eres socio de OCU puedes preguntar en Asesoría. https://www.ocu.org/contacto
Saludos
Victoria says:
18 septiembre, 2017
Quería preguntar mi caso.
La señora que me atendió en la agencia inmobiliaria, cuando estábamos realizando la firma del contrato con el propietario, me dijo que que me cobraba de comisión el 50 por ciento del alquiler y me lo cobró sin darme ni factura ni recibo. Tengo el recibo de la tarjeta VISA.
Al día siguiente me llaman de la agencia y me dicen que la señora que hizo las gestiones se equivocó y que yo tenía que pagar el 100 por 100 del alquiler en concepto de comisión a la agencia. Me dicen que era lo pactado verbalmente, yo no he firmado nada con la agencia.
Ahora me amenazan de muy malas maneras, llegando al insulto, con que me van a denunciar.
Al propietario le han cobrado el 50 por ciento. Lo considero una práctica totalmente abusiva hacia mí.
Aquí donde vivo, la práctica habitual actualmente es cobrar el 50 por ciento del alquiler tanto al propietario como al inquilino.
Quisiera saber la opinión de la OCU.
Gracias.
Consumity says:
19 septiembre, 2017
Hola Victoria,
Si acordaste pagar como comisión el 50% de la renta y ya la has pagado y has firmado el contrato, no tienes ninguna otra obligación con la agencia (salvo que en algún documento hayas acordado otra cosa, pero nos indicas que no es así). La agencia no tiene derecho a reclamarte nada a ti.
La opinión de OCU es que la comisión de la agencia debería pagarla la parte que ha contratado sus servicios. Si es el arrendador, el arrendador. Existe la práctica de cobrar por sistema una comisión al inquilino aunque el inquilino no haya contratado con la agencia, sino que se haya limitado a llamar a un anuncio en internet. No nos parece correcto, y un inquilino podría negarse a pagar la comisión por el servicio que él no ha pedido, aunque entendemos que si quieres entrar en un piso concreto muchas veces tienes que pasar por el aro, hasta que logremos cambiar la normativa.
Tal y como planteas, no hay que pagar nada más a la agencia.
Esperamos haberte ayudado.
tr0nio says:
24 agosto, 2017
Pregunta, ¿si se hizo un pre-contrato de reserva de alquiler con una agencia y finalmente no se finaliza el contrato por parte del propietario por decisión propia? ¿Quedaría invalidada esta reserva? ¿Podría recuperar mi dinero?
Consumity says:
25 agosto, 2017
Hola Tr0nio, El sentido del contrato de “pre-reserva” es el de comprometerse a hacer el alquiler a un determinado precio, que queda en espera de que el propietario dé su consentimiento, para poder ya firmar el contrato propiamente dicho. Esos documentos suelen decir que si el propietario no da su consentimiento a la firma del contrato en el precio ofrecido, en un plazo determinado, se le devolverá al candidato a inquilino el dinero que haya adelantado a la agencia al hacer la reserva.
Por tanto, en caso de que el contrato no se llegue a firmar por decisión del propietario, hay que devolver la suma que el inquilino haya pagado.
Una cláusula de la reserva que impida al inquilino recuperar su dinero en el caso de que la negativa se deba al propietario sería claramente abusiva. Un saludo.
PRESENTE75 says:
31 julio, 2017
Estoy muy de acuerdo con AVA y ROCK OSO. Toda la razón. Claro que tienen que regular los precios de los alquileres y no pedir lo que les dé la gana según mercado..??? Y sobre la comisión de las inmobiliarias es un atropello los precios que nos quieren cobrar! si nadie quisiera pagar la cosa cambiaría. Igual que los precios. Que vamos quitándonos de vivir bien por pagar un alquiler demasiado elevado. Si TODOS nos negáramos a pagar esos precios en lugar de ajustarnos al precio quitándote de otras cosas.. Sería también una manera de manejar la situación. Yo creo que para que no sufra tanto ni el que pone su piso en alquiler ni la persona que busca para pagar a la inmobiliaria sería dividir entre las dos partes la comisión. En Valencia me consta que lo hacen así generalmente. Yo pongo mi atico en alquiler por 450 eur y pago 200 y otros 200 euros los paga el que entra. De todos modos creo que tienen que poner un tope. Porque ahí el precio del mes es muy bajo. Si aquí en Barcelona y Madrid los pisos están a partir 700 eur ya no es lo mismo! Para empezar el precio que cobran por pisos super cutres y viejos. Es abuso y lo estamos sufriendo. Una locura. Si nadie alquilara. Los bajarían fijo. Pero como siempre alguien que tiene miedo de quedarse sin.. pues pagan aunque luego no puedan apenas comer o salir o vivir. solo pagar un piso que no será suyo en la vida..
Inquilina says:
1 agosto, 2017
Hola, Presente75.
Eso que dices está muy bien, pero mientras rija el libre comercio y siga habiendo más demanda de alquiler que pisos disponibles no va a cambiar.
Uno puede renunciar a no comprar un reloj por su precio injustificadamente alto, pero la vivienda es un bien de primera necesidad.
Claro que si nadie alquila los precios bajan… pero mientras, qué hacen? Se quedan en la calle?
No estoy segura de cómo se podría controlar el precio de los pisos, pero lo que sí se debería hacer ya es poner reglas claras en el negocio de las inmobiliarias y no que cada uno cobre lo que le dé la gana pedir.
Inquilina says:
31 julio, 2017
Mi experiencia:
Situación: llevo 6 años alquilando un piso. El casero quiere revisar el precio del alquiler y subirlo un 15%. Para ello, decide rescindir el contrato de alquiler, avisando con los dos meses de antelación que marca la ley, y ofrece permanecer en el piso si acepto el nuevo precio.
Nudo: Acepto el nuevo precio y la agencia me comunica que tengo que pagar los honorarios correspondientes a la subida del alquiler más el 21% de IVA. La agencia ha asesorado al propietario para hacer la subida del alquiler, pero a mí no me ha ofrecido ningún servicio, así que no me parece legítimo pedir que yo pague los honorarios para añadir un anexo al antiguo contrato (los honorarios por hacer un anexo eran 30€ en otras ocasiones y los he pagado, pero los 200€ que me piden ahora me parecen excesivos y no justificados).
Desenlace? Es justo que la agencia me cobre esos honorarios por añadir un anexo? Cómo puedo negociarlo?
Consumity says:
1 agosto, 2017
Hola Berta,
Lamentamos informarte de que, al haber firmado el contrato en 2011 la normativa vigente amparaba tu derecho a permanecer por un mínimo de 5 años prorrogables hasta los 8 años por plazos anuales a menos que tú expresaras tu voluntad de no renovarlo o el arrendador lo necesitara por causa justificada. Es decir, tenías derecho a quedarte otros 2 años sin que el casero pudiera resolver el contrato más allá de causa justificada.
Si el contrato se hubiera prorrogado, no tendrías que pagar a la agencia. Como comentamos en el post, aunque desde OCU consideramos que es el casero quien ha contratado a la agencia y que el doble cobro de las agencias resulta abusivo, esto todavía no es castigado por la ley.
Esperamos haberte ayudado. Saludos.
Inquilina says:
1 agosto, 2017
Muchas gracias por la respuesta.
El caso es que lo que he acordado con el casero es no hacer un nuevo contrato, sino añadir un anexo con el nuevo precio al contrato anterior, obviando su comunicación de rescindir el contrato.
En este caso, tiene derecho a cobrarme más honorarios de los establecidos por añadir un anexo?
Consumity says:
2 agosto, 2017
Hola de nuevo Berta,
Como te comentábamos, si fuera prórroga legal no deberían cobrarte nada, pero como habéis pactado una modificación del contrato, que lleva a cabo la agencia, entendemos que sí podrían cobraros los honorarios a ambas partes.
Un saludo.
Inquilina says:
2 agosto, 2017
Muchas gracias por responderme, otra vez.
Sólo por aclarar: estoy de acuerdo con pagar por los servicios de mediación, incluso si yo no los contraté en primera instancia, por ser una de las partes implicadas. Con lo que no estoy de acuerdo es con la arbitrariedad en las tarifas (añadir un anexo 30€+IVA unas veces y otra el equivalente a la subida del alquiler+IVA) y acabar pagando yo sola un servicio extra de asesoría que yo no he pedido.
Una última pregunta:
-he sido socia de la OCU durante varios años-
y me gustaría saber si desde OCU se está llevando a cabo alguna acción para favorecer la creación, por parte de los organismos legisladores, de algun tipo de normativa que regule la actividad comercial de los agentes inmobiliarios.
Saludos.
Consumity says:
3 agosto, 2017
Hola Berta,
Lamentablemente y tal y como te comentábamos, tenías derecho a seguir como estabas (aplicando las actualizaciones de la renta que hubierais pactado contractualmente) por un plazo mínimo de 8 años. A partir de ahí, cualquier modificación debe ser consensuada por las partes.
Ahora mismo, y desde su liberalización, es muy difícil controlar el tema de los agentes inmobiliarios, ya que no hace falta estar colegiado para ejercer: https://www.ocu.org/inversiones/agentes-de-la-propiedad-inmobiliaria-apis-s543130/lexicondetail-p188443.htm
Saludos.
Inquilina says:
3 agosto, 2017
Entendido. Muchas gracias.
Mi moraleja, por si a alguien le sirve:
El cobro de los honorarios de los agentes inmobiliarios por mediar en el alquiler de una vivienda varía según la localidad, según lo que se acostumbre y, sobre todo, según la presión sobre el alquiler de inmuebles que exista.
Si quiero alquilar en una ciudad donde exista mucha demanda de vivienda, tendré muy poco margen de negociación, ya que si no lo acepto yo, ya vendrá otra persona que lo acepte.
En conclusión, si no me puedo permitir rechazar el contrato, muy probablemente no me quedará otra vía que aceptarlo con las condiciones establecidas, aunque no sean las más favorables para mí.
Jose says:
16 marzo, 2017
Hola! Llevo unos meses intentando alquilar un inmueble a través de varias inmobiliarias, el problema a surgido con una de ellas, y es el siguiente, nos desplazamos a ver los inmuebles, y en las dos ocasiones con esta inmobiliaria nos a ocurrido lo mismo, le digo al agente que estoy muy interesado y le hago un par de preguntas para el arrendador, a lo que seguidamente le pregunto que documentación tengo que traerle para hacer efectivo el contrato, a lo que el agente inmobiliario, para mi sorpresa, me responde que no lo sabe, que ya me llamara, le hago saber que en el momento en que lo sepa le haré llegar toda la documentación inmediatamente porque estoy muy interesado en el inmueble, incluso le hablo de una paga y señal, y me dice que no es necesario, que todo esta acordado.
Pasan los días y no me comunica nada, a lo que vuelvo a llamarle, y me dice que la casa ya esta alquilada, que hay gente que le pregunta menos cosas para el inquilino y le trae los papeles inmediatamente.
Finalmente me doy cuenta que este agente en las dos inmueble que me interesaban no le a preguntado al arrendador mis cuestiones, dejando pasar el tiempo, especulando con mi interés y mi necesidad de una vivienda, hasta que aparece otra persona que no le pregunta nada para el arrendatario, y se la alquila a el.
A mi parecer, la atención y el servicio es bastante especulativo, y con muchos engaños, y en el momento en que le pido una hoja de reclamaciones, me dice que no tengo derecho, porque no me a vendido ningún servicio.
No quiero reclamar nada, pero si me gustaría saber si tengo derecho a poner una queja por lo que considero una mala praxis de este agente, para que posteriores demandantes de sus servicios no se vean perjudicados por el mismo tipo de situación.
Gracias, un saludo!
Atamauri says:
21 marzo, 2017
Buenos días. La agencia cobra igual alquilando a unos que a otros. Si elige es, o debe ser, en base a criterios económicos o de cómo van a tratar la vivienda, o si el arrendatario puede resultar molesto, etc. Si usted no fué el elegido piense en qué pudo ocurrir.
Adela moreno says:
31 enero, 2017
Muchas gracias, ahora estoy mas tranquila. Saludos
Adela moreno says:
31 enero, 2017
Muchas gracias.
Adela moreno says:
31 enero, 2017
Buenas, necesitaría aclarar una duda , en septiembre alquile un piso a traves de una profesional wue me dijo que el piso era de un compañero de trabajo y que le estaba haciendo el favor de gestionar su alquiler. Se me piden mes de fianza,mes de corriente y mes de comisión de agencia
. El dia de la firma de contrato me sorprendo al ver en el contrato que el piso es de ella. Hace unos días me llama para decirme que si voy a hacer la declaración no puedo incluir losgastos de alquiler, ya que ella nolo ha declarado como que esta alquilado. Es legal cobrar comision de agencia por un piso tuyo,y si ella no ha declarado el piso significa que mi contrato no ed legal? A ver si pudieran aclararme algo porque no se por donde ir. Muchas gracias.
Aha says:
31 enero, 2017
Yo haría lo siguiente porque a ti no puede pasarte nada. declarate el alquiler y cuando Hacienda investigue y vea que ese piso lo ha alquilado de forma ilegal a ella le caerá una buena multa y no te podrá echar hasta que no acabe el contrato. juega con eso, que te reduzca el alquiler o te devuelva la comisión que te cobro, si no ha declarado el piso supongo que tampoco tendrá certificado energético que ahora también es obligatorio y también podrías denunciarle por ello. Tienes las cartas en tus manos, aprovecha que ella ya te la ha jugado
Abogado independiente no trabajo en Ocu says:
31 enero, 2017
Buenos dias Aha, los alquileres tienen que declararse e ingresar en Hacienda la fianza por parte de la propiedad, el propietario en su declaración de la renta debe decir los ingresos obtenidos y descontarse los gastos ocasionados. El inquilino puede también declararlo dependiendo de las ventajas fiscales que pueda obtener. La factura de los honorarios profesionales tiene que pedirse y con IVA y declararse también como un ingreso. El certificado energético es obligación de la propiedad aportarlo, en caso de no tenerlo le puede multar la Administración. Con respecto al tiempo de duración del contrato se estará a lo que se diga y a la Ley de Arrendamientos Urbanos. Los consumidores tienen unos derechos y obligaciones y siempre se deben de cumplir. Que tenga buen día
Aha says:
31 enero, 2017
ya se cuál son los derechos y deberes. no he preguntado yo. Si un propietario de forma ilícita hace cosas ilegales como cuenta la anterior persona pues que utilice eso para su beneficio.
Abogado independiente no trabajo en Ocu says:
31 enero, 2017
Buenos días Aha, no lo había visto, ya le he respondido a Adela. Buen día
Atamauri says:
21 marzo, 2017
Estás entrando en el terreno de las coacciones, extorsiones y demás.
Abogado independiente no trabajo en Ocu says:
31 enero, 2017
Buenos días Adela. Si le han alquilado un piso y han cobrado unos honorarios le tienen que dar la factura con su IVA correspondiente. Usted puede declarar , faltaría más, diga lo que diga la propiedad. Si no lo ha declarado es cosa suya y de Hacienda. La fianza que entregó tiene que ingresarse igualmente en Hacienda por la propiedad y recuperarla para usted si cumplió con lo estipulado en el contrato, puede pedirle copia del ingreso. Su contrato debe de ser legal y cumplir con lo estipulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, cosa independiente es que no cumpla la propiedad con sus obligaciones fiscales, usted declare lo que tenga que declarar y no se preocupe por este motivo. También tiene que tener el certificado de eficiencia energética la propiedad y ponerlo a su disposición. El haber alquilado un piso de su propiedad y ocultarlo, no es muy ético, para cobrar al mismo tiempo honorarios, por eso pida la factura. También le recomiendo que le pida una nota simple al registro de la propiedad de su ciudad, para ver si realmente es la propietaria, ya que ha actuado de forma bastante extraña. Le deseo que se le resuelvan sus dudas .
ava says:
25 enero, 2017
La verdad es que no aprendemos, nos pasó con la compra-venta de pisos en el que todo el mundo quiso sacar una gran tajada, porque la había (y la sigue habiendo), tanto propietarios como agencias, dinero fácil (así nos va en España, queremos lo fácil y no apostar por sectores que a futuro nos pueden reportar a todos más crecimiento, veo a conocidos con dinero y lo mismo, a comprar y vender pisos, a alquilarlos, alaa a especular … inversión segura) y la realidad es que se vuelve a especular y destruir el mercado del alquiler en este caso, donde cada vez es más dificil encontrar un piso decente y a un precio asequible y donde las agencias ahora que no se compran y venden tantos pisos, les parece muy atractivo el negocio del alquiler. En realidad las agencias prestan un servicio, han sabido encontrar un nicho fácil (de nuevo) con esto de que como saben que el propietario no les va a pagar por el servicio que prestan, y saben que el futuro inquilino lo tiene muy jodido para encontrar un piso (por todo esto que hemos hablado), pues ya está, negocio redondo. Les viene al pelo. Aquí es donde debería entrar las autoridades y legislar, tan fácil como que fuera ilegal que una agencia cobrara una comisión si no demostrase que ofrece un servicio al inquilino, (no considerando como servicio al inquilino el de la gestión que se presta al propietario (precisamente porque al que se presta es al propietario y no al inquilino) que bien porque no tiene tiempno o porque se lo han puesto muy fácil las agencias de «no te preocupes que aunque el servicio se lo preste a Usted, usted no tiene que pagar nada, ya se lo cobramos al inquilino, que es el indefenso, normalmente con menos recursos que el propietario … en fin que voy a contar… y veríamos si así las agencias son capaces de justificar sus servicios. Los propietarios también deberían de ser más éticos y si quieren darle el piso a una agencia porque pasan de enseñarlo o porque no tienen tiempo, que entiendan que eso es cosa suya y que por tanto deben de pagarlo. Pero claro tan libres son de poner el precio que quieran como de incluir su comisión en las condiciones del alquiler, total hay tanta demanda. Por tanto, con todo esto, una ley que regule el precio de los alquileres y los contratos, como existe en muchos países. La vivienda debería ser un derecho con cierto margen de maniobra para los inversores, pero sólo con eso. Que se lo digan a los suecos, donde todos viven bien, tanto inquilinos como propietarios.
Anónimo says:
25 enero, 2017
Buenos días Ava: Realmente lo que expone es como un deseo, más que una realidad en un mercado de libre mercado, el intervencionismo estatal no está previsto en estas cuestiones y mucho menos con las directrices europeas. Como garantía a personas con menos recursos, están los alquileres sociales o protegidos, hay que reunir unos requisitos para acceder a él, cómo todo en la vida. No es obligatorio acudir a ningún agente inmobiliario, lo que relata de que no hay más remedio, realmente no es así, a menos que quiera un piso determinado. Los propietarios son libres de contratar servicios profesionales y los profesionales libres en sus honorarios. Eso si deben de dar un servicio al cliente para poder cobrar el mismo, si no está satisfecho con su gestión, puede acudir al Ayuntamiento o Comunidad Autónoma y poner una reclamación en Consumo. También deben de disponer de libro de reclamaciones y puede solicitarlo y escribir su queja, para mejora de servicio. Que tenga suerte en su búsqueda.
Rock_oso says:
25 enero, 2017
No se quién eres, pero está claro que o trabajas para una agencia, o eres unos de esos propietarios que no quieren pagar a las agencias por gestionar su piso, o realmente no tienes ni idea de cual es la realidad hoy día, y solo tratas de autoconvencerte a ti mismo de que lo que estáis haciendo está bien hecho. No se cual es tu realidad, pero abre los ojos. Una solución academicista y ceñida a la letra de la ley no es una solución. Hablas de alquileres sociales. Si realmente supieras de lo que hablas sabrías que para no todo el mundo puede acceder a ese tipo de viviendas. Sabrías que en realidad, la administración para acceder a ese tipo de viviendas tiene que considerarte realmente pobre, es decir, prácticamente en situación de exclusión social, y que la realidad real hoy día es que, con dos sueldos estas en una situación bastante jodida, ya que no eres los suficientemente «pobre» como para acceder a esos alquileres sociales, pero lo más triste es que en muchos casos tampoco te llega para una vivienda en alquiler libre. Así que si no tienes nada más que ofrecer, que una respuesta «legalista» y política, creo que todos agradeceríamos que no dijeses nada. El libre mercado y el neoliberalismo capitalista no puede servir de excusa para los abusos de unos pocos poderosos sobre otros con menos recursos.
Abogado independiente no trabajo en Ocu says:
26 enero, 2017
Buenas tardes Rock oso, yo tampoco se quién es usted y realmente no creo que eso sea importante en este foro, a menos que se utilice para algo más que una página de una Asociación de Consumidores. Soy abogado en ejercicio, no tengo ningún problema en decirlo. Y trabajo todos los días para para poder vivir, igual que cualquier otro trabajador. Y puedo participar correctamente ofreciendo una visión legal y real, que es lo que hago, es más voy a seguir haciéndolo ya que es libre opinar dentro del respeto y la verdad y sobre todo con el ánimo de ayudar, que es lo que me mueve. El hablar en nombre de todos, es apoderarse del resto de opiniones, que es lo que haces, cuando dice que ¨todos agradeceríamos que no dijeses nada…..». Su tono ni es constructivo ni aporta nada más que la queja por la queja. Al menos tiene dos sueldos, creo que muchos también lo consideraran bastante afortunado. Con la proclama final se la dejo como declaración de intenciones en este foro. Que tenga buena tarde, sea quién sea.
Rock_oso says:
26 enero, 2017
No se lo que ud. entiende por ayudar. Pero siento decirle que sus comentarios no ayudan en lo mas mínimo. E insisto que su visión de la «realidad» dista mucho de la realidad real. Ahora bien, está ud. en todo su derecho a opinar, por supuesto, el mismo que tengo yo a opinar sobre la utilidad de sus comentarios. Efectivamente este foro está pensado para ayudar a los consumidores. Su comentario no ofrece ninguna alternativa, porque no la hay. Y por tanto no es de ninguna ayuda. Poner una reclamación, acudir al ayuntamiento, o solicitar una vivienda social no son alternativas válidas, por lo que le he comentado anteriormente. Y ud. como abogado en ejercicio debería saberlo. Queda muy bonito en la ley, pero su efectividad en la práctica es prácticamente nula. El hecho cierto es que, si quieres un piso que esté gestionado por una agencia o pagas la comisión o no hay piso. Y si quieres una vivienda social, o estás en una situación de exclusión social o no tienes piso. Tiene ud. alguna alternativa a esta situación?
Abogado independiente no trabajo en Ocu says:
31 enero, 2017
Buenos días RocK oso, mis alternativas son legales, como no podían ser de otra manera. Opino en este foro como abogado, ya que es una página de una Asociación de Consumidores, ya me gustaría que el mundo fuera para cada uno cómo le sea más fácil y útil, pero la realidad existe y cada uno tendrá que sortearla como pueda, yo mismo tengo que hacerlo. Por eso intento desde aquí ofrecer mi visión, por si ayuda. Lógicamente no está en mi mano resolver cosas que no puedo, pero la queja por la queja tampoco está en mi vida y mucho menos crear falsas expectativas a los consumidores. Que tenga buen día.
ava says:
25 enero, 2017
Efectivamente, tal y como comenta ROCK_OSO, seguramente no haya tenido que experimentar tener que alquilar un piso con dos salarios de renta media, y darse cuenta que es prácticamente imposible alquilar algo decente a un precio coherente y no insultante por culpa de simples especuladores que a día de hoy invierten en lo fácil (por eso el estado tendría que regular más para que no fuera tán lucrativo este sector). Y lo que hay, encima está con agencia, la cual, te cobra esa bonita comisión porque ellos lo valen. Los que alquilamos, ni nos hace falta esa agencia y lo que pedimos es una regulación del mercado del alquiler, que efectivamente sí se podría hacer, claro que sí, puesto que es un tema muy sensible y está contemplada la vivienda como un derecho en el cuál el estado si puede actuar para asegurar ese derecho a todo ciudadano. Como comentaba, en Suecia está regulado y el libre mercado existe pero con limitaciones, precisamente por todo esto. VAmos que yo a las agencias con las comisiones al inquilino por alquiler las veo como los gorrillas en los parkings (alguien le ha llamado?) o como la propina que no se da en España al camarero que no te ha atendido bien. Insisto, las agencias han encontrado aquí un filón y el gobierno debe actuar sobre algo que perjudica al inquilino.
Rock_oso says:
26 enero, 2017
No solamente eso, sino como dije anteriormente, es una práctica que raya la ilegalidad. El problema aquí es quien tiene la situación de poder. El abogado independiente diría que si creo que la comisión que me están cobrando es ilegal, que lo denuncia. Pero la realidad es que si realmente quieres el piso no te queda otra que pasar por el aro. Es exactamente lo mismo que con las cláusulas suelo. Eran ilegales, se sabía, y no te quedaba otra que firmar si querías la hipoteca. Luego denuncias y vas a los tribunales, y tras años de lucha te dicen dan la razón, pero resulta que aún así puede que no recuperes lo que te han cobrado, porque al final, la cuerda siempre se rompe por el lado más débil. Son ls cosas del libre mercado, que dice el Abogado Independiente que no trabaja en la OCU.
Escuelaustriaca says:
31 enero, 2017
Es un abogado y, como tal, fomenta los recursos, reclamaciones y zarandajas varias.
Pone como justificación la misma que ponen los «políticos» de hoy en día, que básicamente significa: «jódete y baila».
No pidas peras al olmo amigo, es un atropello más de esta nueva «sociedad», lo pinten como lo pinten…
No van a rechazar regulaciones… Si roban al ciudadano gracias a esa soflama «liberal»….
sólo basta con decir que sigues la legalidad y quedarse ancho cual secuoya…
Hoy la usura y el dolo no sólo está legalizado, se fomenta desde todos los estamentos sociales.
Hoy somos un poco más pobres que ayer, pero menos que mañana; pobreza a toda escala, ética y económicamente gracias a la complacencia de muchos y la inmoralidad de otros; en medio, abogados ofreciendo soluciones post facto; para mear y no echar gota rey!!!
Espero nadie tome esto como algo personal o un ataque a un gremio concreto, la podredumbre ésta tiene, como máxima condición, la versatilidad. Saludos.
Rock_oso says:
24 enero, 2017
Vivo en Madrid en un piso de alquiler hace más de 10 años. En su momento, cuando buscamos este piso era bastante fácil encontrar pisos de alquiler gestionados directamente por el propietario como es mi caso. Ahora me veo obligado por circunstancias a cambiar de casa. Llevo varios mese ps buscando piso, y es prácticamente imposible encontrar un piso que no esté gestionado por una agencia. En todos, repito, en todos los casos te cobran comisión de agencia. Casi siempre un mes de alquiler. Siempre soy yo el que busca los pisos, miro los portales inmobiliarios y llamó para concertar una cita. La situación está alcanzando cotas surrealistas. Hoy mismo h llamado para ver un piso que ha salido por la tarde, y la chica de la agencia me ha dicho qu había ya 15 personas para verlo y que no me daba cita porque alguien se lo quedaría. En alguna ocasión he preguntado qué servicios me ofrecía la agencia por dicha comisión. La mayoría se muestran molestos cuñado les hago sus pregunta. Normalmente me dicen que son gastos de gestión inmobiliaria, y candi les pregunto qu gestiones me dicen que enseñarme el piso y redactar el contrato. 1000 euros por enseñar un piso y hacer uncí trato tipo? La realidad es que la situación del mercado inmobiliario de alquiler te obliga s pasar por el aro. Es lo que hay, si quieres el piso, paga. Pero bajo mi punto de vista estas comisiones rayan la ilegalidad, pudiendo con idearse una estafa, ya que me están cobrado sin ofrecer ninguna contraprestación a cambio. Las inmobiliarias se están aprovechando de la situación del mercado tras la crisis para normalizar una práctica totalmente abusiva. No se trata de que si no quieres pagar no lo alquiles o no vayas a una agencia. Se trata de que al final no te queda más remedio que acudir a una agencia para que te busque un piso, ya que al final te lo van a cobrar igual. Pues al menos que se la ganen.
He visto por ahí la idea de crear un change,org para acabar con esta práctica. Lo suscribo ya mismo ya que los inquilinos estanos toros ente desprotegidos ante este abuso.
Uxue says:
3 noviembre, 2016
Buenas tardes. Lo de Barcelona y alrededores es una vergüenza, los propietarios se pasan con el Alquiler y como saben que lo que necesitas es un alquiler lo mas pronto posible porque sino te quedas en la calle, es cuando ahi te explotan.
El problema que me encontré al llegar a Barcelona fue que firme un contrato para trabajar de seis meses y necesitaba urgentemente un piso para vivir. Por mas que busque en todos tenías que pagar agencia y dado que yo no disponía de ahorros suficientes no podía hacer frente a esos gastos ni quería, dinero perdido sin motivos.por lo que alquile la vivienda a un particular el cual no me hizo contrato(aguante un mes, un piso de mierda en el Prat con habitación sin ventilación y viviendo con el casero que era un cerdo). Pero ahí no acaba mi historia sino que como necesitaba un piso volví a alquilar a una señora en el Prat una habitación (otra vez sin contrato y pidiendo fianza, sin que me diera opción a firmar un contrato de como yo entregaba una fianza, no se la di, dado que no disponía de efectivo y es un robo entregar una fianza a una desconocida que no sabes si te la devolverá) llevo ya 4 meses en ese piso y me sigue reclamando la fianza y además ella entra en el piso cuando quiere y sin avisar, por lo que si yo estoy en la casa pensando ilusamente que tengo intimidad, no es así, destruye toda privacidad que yo pueda tener.
Después de todo este discurso querría saber a dónde puedo denunciar a esta clase de personas que lo que hacen es alquilar habitaciones sin contrato y entran cuando les da la gana y sin avisar. No se puede seguir así y menos permitiéndolo, y esto desgraciadamente esta a la orden del día cuando alquilas un piso en el Prat.
Por favor ayudarme a que esto no siga así.